Los conceptos de Tributaria I, definidos en una línea. Ordenados de la A a la Z.
Reducción del impuesto al patrimonio por el IRAE o el IMEBA generado en el ejercicio, con tope del 1% del impuesto.
Efecto de los activos exentos o en el exterior que se restan del pasivo deducible.
Acciones cuyo titular esta identificado.
Actividad con fin de obtener una ganancia, requisito de las rentas empresariales del literal b.
Actividades desarrolladas parte en el país y parte en el exterior, con fuente uruguaya ficta según porcentajes.
Bienes de uso de la empresa que no se destinan a la venta.
Activo que integra la base del impuesto al patrimonio.
Partidas que no se consideran activo, como saldos deudores del dueño.
Bienes situados fuera del país que no se gravan y absorben pasivo.
Activos liberados del impuesto al patrimonio, que según su tipo absorben o no pasivo.
Sujeto obligado a retener el impuesto de un tercero y verterlo.
Persona que actúa por cuenta de un no residente con facultades para concluir contratos y configura establecimiento permanente.
Intermediario que actúa en el curso ordinario de su actividad y no configura establecimiento permanente.
Cultivo sin riego.
Empresa que industrializa su producción agropecuaria.
Sueldo anual complementario.
Bienes personales y de uso domestico de las personas físicas en el impuesto al patrimonio.
Ajuste fiscal que corrige el efecto de la inflación sobre el patrimonio.
Distribución del costo de un bien de uso en los ejercicios de su vida útil.
Obra que implica mayor área construida.
Período de liquidación del IRAE que coincide con el ejercicio económico.
Importe cobrado antes de entregar bienes o servicios.
Pagos a cuenta periodicos del impuesto del ejercicio.
Contrato en que una parte aporta animales o tierra y otra los trabaja para repartirse los frutos.
Contribuciones a la seguridad social a cargo del empleador.
Contrato de uso de un bien a cambio de un precio.
Arrendamientos de predios para explotación agropecuaria con tope del artículo 38 ter.
Instituciones de salud sin fines de lucro exentas.
Entidad sin fines de lucro con personería jurídica.
Elemento del hecho generador que define donde debe ocurrir el hecho; en el IRAE, la fuente uruguaya.
Elemento del hecho generador que describe la renta o el hecho gravado.
Elemento del hecho generador que identifica a quien se le atribuye la renta.
Elemento del hecho generador que define cuando se configura; en el IRAE, el cierre del ejercicio.
Organismo donde se registran y comunican reorganizaciones societarias.
Países o regímenes con tributación inferior a los parametros legales.
Autoridad monetaria que emite letras de tesoreria.
Unidades usadas para aportes patronales y para sueldos fictos.
Maquinarias e instalaciones industriales que se computan al 50% en el impuesto al patrimonio.
Bienes que se computan por su precio de venta en plaza en el día de percepcion de la renta.
Mercado organizado donde cotizan acciones y obligaciones.
Títulos de deuda pública uruguaya, activos exentos.
Base de prestaciones y contribuciones, unidad de valor usada en normas tributarias y de seguridad social.
Banco de previsión social, organismo que recauda los aportes a la seguridad social.
Banco de la republica oriental del uruguay.
Afectación de un bien a una actividad no gravada o al uso personal.
Aptitud económica del contribuyente para soportar tributos.
Gasto de formación del personal con deducción incrementada en áreas prioritarias.
Aportes de los socios que forman el patrimonio inicial.
Método de arrastre de pérdidas fiscales a ejercicios siguientes.
Entidad del exterior de la que depende un establecimiento permanente o sucursal.
Hecho imprevisible ajeno al contribuyente que genera pérdidas deducibles.
Cheque rechazado que con denuncia penal y embargo hace incobrable el crédito.
Proceso de producción al que se destinan bienes exonerados por la ley de inversiones.
Fecha en que termina el ejercicio económico y se determina el impuesto.
Comisión de aplicación de la ley de inversiones que evalua proyectos promovidos.
Comisiones pagadas al exterior con tope del 2% del valor FOB o la proporción.
Entidades aseguradoras con reglas especiales de fuente.
Proceso judicial de insolvencia del deudor.
Perdon de una deuda que aumenta el patrimonio del deudor.
Agrupacion de empresas para exportar con régimen especial.
Régimen de liquidación con estados contables y balance que permite determinar la renta real.
Tributo departamental sobre inmuebles.
Sujeto que realiza el hecho generador y debe pagar el tributo.
Tratado entre países que distribuye potestades tributarias.
Entidades de economia social con exoneración bajo condiciones.
Persona pública no estatal cuyas acciones tienen tratamiento exento.
Importe incurrido en construcciones en el ejercicio.
Precio de un valor en bolsa.
Importe a favor del contribuyente que se imputa a otros tributos.
Créditos que cumplen las situaciones reglamentarias de incobrabilidad y pueden deducirse.
Partes del capital de una SRL.
Documento en que el contribuyente determina e informa su impuesto.
Decreto reglamentario del IRAE.
Deducción limitada al cociente entre la tasa que paga la contraparte y la tasa del IRAE.
Gastos que se deducen por más de su importe, como capacitación o semillas etiquetadas.
Accion ante la justicia penal que se exige para deducir ciertas pérdidas.
Personas cuyas rentas por actuaciones tienen reglas especiales.
Criterio que imputa ingresos y gastos al ejercicio en que se generan, aunque no se cobren ni paguen.
Dirección general impositiva, administración tributaria que recauda el IRAE, el IMEBA y el impuesto al patrimonio.
Oficina de estadisticas agropecuarias del ministerio de ganadería, que pública precios de arrendamiento por hectárea.
Resultados por variación del tipo de cambio de créditos y deudas en moneda extranjera.
Integrantes del directorio cuyas retribuciones son deducibles si se aporta.
Utilidades distribuidas por sociedades a sus socios o accionistas.
Donaciones a entidades de la lista legal que dan pago a cuenta y gasto deducible.
Período contable anual cuyo cierre determina el año fiscal del IRAE y la fecha del impuesto al patrimonio.
Medida judicial sobre bienes del deudor.
Unidad productiva que combina capital y trabajo para producir un resultado económico, con riesgo propio.
Organismo estatal descentralizado contribuyente del IRAE por sus actividades comerciales.
Entidad constituida en el exterior.
Bienes de hoteles que dan derecho a exoneración por inversiones.
Reorganizacion por la que una sociedad divide su patrimonio y que puede no generar renta.
Conjunto de bienes organizado para una actividad comercial que puede enajenarse como unidad.
Lugar fijo de negocios u otra presencia por la que un no residente realiza actividades en el país y tributa IRAE.
Régimen que determina la renta neta aplicando porcentajes sobre los ingresos.
Valor de los bienes al cierre del ejercicio.
Valor de los bienes al inicio del ejercicio.
Liberacion legal del pago de un impuesto.
Exoneración de rentas destinadas a ciertas inversiones del artículo 67 del título 4.
Actividad destinada a obtener productos primarios vegetales o animales.
Actividad de cría o engorde de ganado.
Ventas de bienes al exterior.
Transferencias forzosas de inmuebles al estado, exentas.
Regla que considera de fuente uruguaya rentas de servicios prestados desde el exterior, como los servicios técnicos.
Actividades de extracción de recursos naturales.
Fertilizantes con fósforo que pueden dar exoneración por inversiones a productores pecuarios.
Valor de bienes muebles y semovientes agropecuarios igual al 40% de los inmuebles rurales.
Patrimonio de afectación que obtiene rentas empresariales, salvo los de garantía.
Propósito de obtener ganancias para distribuir.
Precio del transporte de mercaderías.
Patrimonio colectivo; los cerrados de crédito obtienen rentas empresariales.
Contrato a plazo de compra o venta a precio fijado.
Regla por la que se imputan al establecimiento permanente ciertas rentas del no residente.
Hecho irresistible ajeno al contribuyente que genera pérdidas deducibles.
Reorganizacion por la que sociedades se unen y que puede no generar renta.
Contratos estandarizados de compraventa a plazo.
Gasto que cumple los requisitos para restarse en la liquidación del IRAE.
Gasto requerido para obtener y conservar rentas gravadas.
Gastos directos e indirectos que se atribuyen a rentas no gravadas y no se deducen.
Gastos de viaje y estadia con tope del 5% de la renta neta anterior o el 2% FOB.
Gastos que no se asocian directamente a una renta y se distribuyen por coeficientes.
Entidades de representacion empresarial o de trabajadores.
Conjunto de entidades vinculadas en varios países.
Reiteracion de ventas de inmuebles que las vuelve renta asimilada a empresarial.
Situación prevista por la ley cuya ocurrencia hace nacer la obligación tributaria.
Establecimientos de alojamiento con beneficios por construcción.
Apoderamiento ilicito de bienes que puede generar pérdida extraordinaria.
Impuesto de control de las sociedades anónimas, que en las soluciones del curso se resta del impuesto al patrimonio.
Impuesto a la enajenación de bienes agropecuarios, regulado en el título 9, alternativo al IRAE para productores que pueden optar.
Compras de bienes en el exterior.
Impuesto regulado en el título 14 que grava el patrimonio situado en el país al cierre del ejercicio.
Obligación de liquidar IRAE al superar los límites legales.
Pago por la desvinculacion de un empleado, deducible incluso por encima del mínimo legal.
Índice de productividad de los suelos usado para medir hectáreas equivalentes.
Actividad de transformación de bienes.
Instituto nacional de estadistica.
Inmuebles destinados a explotación agropecuaria.
Inmuebles situados en zonas urbanas o suburbanas.
Bancos y entidades financieras reguladas por el banco central.
Fundación francesa cuyas rentas vinculadas a su objeto están exentas.
Contratos cuyo valor depende de un activo subyacente, como futuros y forwards.
Activos sin sustancia física, como marcas y derechos, que se amortizan y no se revalúan.
Aporte efectivo del capital comprometido, que no genera renta bruta.
Intereses que la ley presume en ciertos préstamos sin interés o con interés menor.
Bienes de cambio destinados a la venta o a la producción.
Índice de precios al consumo, usado para actualizar valores fiscales desde 2016.
Índice de precios al productor de productos nacionales, usado para actualizaciones antes de 2016.
Impuesto a las rentas de las actividades económicas, que grava las rentas empresariales de fuente uruguaya.
Impuesto a las rentas de los no residentes, que grava rentas de fuente uruguaya de no residentes sin establecimiento permanente.
Impuesto a la renta de las personas físicas, que grava rentas de trabajo y de capital de personas físicas residentes.
Impuesto al valor agregado.
Contrato de arrendamiento financiero de bienes.
Títulos de deuda pública de corto plazo.
Ley de promesas de enajenación de inmuebles a plazos.
Descanso anual remunerado del trabajador.
Determinación del impuesto a pagar en la declaración jurada.
Enumeracion de actividades auxiliares o preparatorias que no configuran establecimiento permanente.
Enumeracion de supuestos que configuran establecimiento permanente, como sucursales, oficinas y fábricas.
Fraccionamientos de inmuebles con más de 25 lotes que generan rentas asimiladas.
Instalación con cierta permanencia por medio de la cual una entidad no residente realiza su actividad.
Transformación industrial de bienes, gravada por el IMEBA en el caso de bienes primarios.
Actividades de fabricacion de productos.
Derecho de propiedad intelectual sobre un signo distintivo.
Material de mejoramiento animal o vegetal con deducción incrementada.
Intermediación entre oferta y demanda de servicios.
Forma de explotación compartida analoga a la aparcería.
Mercaderías que no tienen origen ni destino en el territorio aduanero nacional.
Monto del patrimonio de las personas físicas que no se grava.
Ministerio en cuya cuenta del BROU se depositan las donaciones especiales.
Moneda distinta del peso uruguayo, convertida al tipo de cambio fiscal.
Régimen simplificado de pequenos contribuyentes cuyas rentas están exentas del IRAE.
Sujeto que no es residente fiscal; sin establecimiento permanente tributa IRNR.
Títulos de deuda emitidos por empresas.
Eleccion del productor de dar carácter definitivo al IMEBA en lugar de liquidar IRAE.
Importe que se descuenta del impuesto final, como anticipos o el beneficio de donaciones.
Pagos mensuales mínimos del IRAE según una escala de ingresos.
Parques con beneficios fiscales para sus instaladores y usuarios.
Sujetos sometidos a control o influencia común.
Acciones o cuotas en el capital de entidades.
Pasivo que se considera en un cálculo fiscal luego de las restas de ley.
Pasivo admitido por el artículo 15 del título 14 antes de restar activos que absorben pasivo.
Servicio de alimentar animales ajenos en un predio.
Patrimonio de una entidad determinado según normas fiscales.
Diferencia entre activo gravado y pasivo computable en el impuesto al patrimonio.
Contribuyentes del literal e del artículo 66 con ingresos de hasta 305.000 UI, exonerados del IRAE.
Pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o delitos de terceros.
Resultados fiscales negativos que se deducen de ejercicios siguientes dentro de cinco años.
Entidades de interés público con régimen propio.
Reconocimiento legal de una entidad como persona.
Moneda nacional.
Aplicaciones de intermediación de servicios con reglas de fuente.
Régimen que ajusta las operaciones entre partes vinculadas a precios de mercado.
Estimación contable de una pérdida o pasivo futuro.
Previsión contable no individualizada que no es deducible ni admitida fiscalmente.
Primera venta de bienes agropecuarios, hecho gravado por el IMEBA.
Criterio por el que el IRAE grava las rentas de actividades, bienes o derechos situados o utilizados en uruguay.
Criterio que exige que las operaciones vinculadas se pacten como entre partes independientes.
Equipos informaticos con beneficios por inversiones, excluido el software.
Régimen de la ley 16.906 que otorga beneficios a proyectos de inversión.
Deducción adicional por incremento de personal y masa salarial.
Registro de un pasivo cierto de importe estimado.
Gasto de promoción; con entidades no contribuyentes se admite con topes.
Puerto donde las mercaderías en tránsito tienen exoneraciones.
Proceso concursal que determina la incobrabilidad del crédito.
Reducciones de deuda obtenidas en concursos que generan renta bruta diferible.
Área aduanera donde se depositan mercaderías en tránsito.
Condición de trato equivalente con otro país para ciertas exoneraciones.
Reorganizaciones societarias que cumplen condiciones para no generar renta bruta.
Pagos por el uso de derechos de propiedad intelectual.
Requisito del artículo 30 del título 4 por el que un costo o gasto solo se deduce si es renta gravada para la contraparte por IRAE, IRPF, IRNR o una imposición efectiva en el exterior.
Vinculo laboral entre empleador y trabajador dependiente.
Ingresos del ejercicio menos costos de los bienes vendidos y demás conceptos de la ley.
Renta que el IRAE grava, obtenida por las entidades del literal a del artículo 12 o por empresas que combinan capital y trabajo.
Renta bruta menos los gastos deducibles.
Resultado del IRAE luego de todos los ajustes fiscales.
Renta exenta, no comprendida o de fuente extranjera que se resta en la liquidación.
Renta que podrían producir los bienes, gravada indirectamente por el impuesto al patrimonio.
Renta obtenida solo con el factor capital, sin trabajo organizado.
Renta obtenida solo con el factor trabajo, sin aporte de capital.
Rentas de explotaciones agropecuarias que permiten optar entre IRAE e IMEBA.
Rentas que el IRAE trata como empresariales aunque no las obtenga una empresa, como ciertos loteos y ventas habituales de inmuebles.
Rentas obtenidas por la tenencia de bienes, como alquileres, intereses y dividendos.
Rentas obtenidas por servicios personales.
Rentas percibidas en bienes distintos del dinero, valuadas a precio de plaza.
Rentas comprendidas en el IRAE pero liberadas por una norma de exoneración.
Rentas de capital como intereses, dividendos y regalías de entidades de grupos.
Devolucion de capital a los socios, que no genera renta bruta salvo infracción.
Reserva contable obligatoria por las rentas exoneradas por inversiones.
Utilidades retenidas por la sociedad.
Sujeto que cumple los criterios de residencia del título 4 y tributa por sus rentas de fuente uruguaya.
Sujeto obligado al pago de un tributo ajeno, como el agente de retención.
Utilidades de ejercicios anteriores no distribuidas.
Mecanismo por el que un tercero descuenta y vierte el impuesto de otro sujeto.
Salida de bienes de la empresa hacia el titular o socios, que se computa por su valor en plaza.
Actualización del valor fiscal del activo fijo por la variación de un índice.
Partida que se paga al trabajador para el goce de la licencia.
Importe del impuesto que resta pagar tras deducir pagos a cuenta.
Semillas certificadas que dan deducción incrementada.
Animales de la explotación agropecuaria, como el ganado.
Organismo estatal contribuyente del IRAE, que no puede optar por el IMEBA.
Servicios prestados por una persona física fuera de la relación de dependencia.
Servicios de gestión, técnicos o de asistencia técnica que, prestados desde el exterior a contribuyentes del IRAE, son de fuente uruguaya.
Adicional del impuesto al patrimonio vinculado a patrimonios agropecuarios.
Entidad del numeral 3 del literal a del artículo 12 que puede optar por el IMEBA si no supera los límites.
Sociedad comercial con capital en acciones, contribuyente preceptiva del IRAE por todas sus rentas.
Sociedad no comercial; con integrantes no residentes queda en el literal a del artículo 12.
Sociedad sin contrato formal; si integra no residentes o personas jurídicas queda en el literal a del artículo 12.
Sociedad comercial con capital en cuotas, contribuyente del IRAE.
Sociedad comercial que no puede optar por el IMEBA y tributa IRAE preceptivamente.
Sociedad de la ley 19.820 sujeta pasiva del IRAE.
Entidades gremiales agropecuarias cuyos servicios se deducen íntegramente.
Programación de computadoras, que no es inversión computable para la exoneración.
Establecimiento de una entidad del exterior en el país que configura establecimiento permanente.
Retribución que se deduce por el trabajo del titular o socios según sus aportes.
Obligado al pago del tributo, como contribuyente o responsable.
Alicuota del 25% sobre la renta neta fiscal.
Proporción del impuesto pagado sobre la renta, usada para la regla de la proporción con el exterior.
Tasa de interés promedio publicada que se usa para los intereses fictos.
Territorio sujeto al régimen aduanero general, excluidas zonas francas y depósitos.
Compilacion oficial de las normas tributarias por títulos; el curso usa el texto ordenado 2023.
Cotización de la moneda extranjera usada para convertir operaciones y saldos.
Título del texto ordenado que regula el impuesto al patrimonio.
Título del texto ordenado que regula el IRAE.
Título del texto ordenado que regula el IMEBA.
Títulos cuyo titular no esta identificado.
Unidad indexada, unidad de valor que se ajusta por inflación y se usa para fijar topes y límites.
Agrupacion de titulares de activos agropecuarios con interés común, relevante para la exoneración y la sobretasa.
Universidad pública beneficiaria de donaciones especiales.
Instituciones terciarias que reciben donaciones especiales con beneficio 40% y 60%.
Afectación de bienes a consumo del titular, gravada por el IMEBA.
Resultado contable positivo de la empresa.
Valor de un bien según la contabilidad.
Precio de venta corriente de un bien en el mercado.
Valor de un bien según las normas tributarias.
Valor de las exportaciones puestas a bordo, base de topes de comisiones y gastos en el exterior.
Diferencia entre el precio pagado por un establecimiento y el valor fiscal de sus bienes, que no se amortiza.
Costo revaluado menos amortizaciones fiscales acumuladas.
Porcentaje del patrimonio de una sociedad que corresponde a la participación.
Valor de los inmuebles fijado por la dirección nacional de catastro.
Camiones, chasis, tractores, remolques, zorras y ómnibus que dan derecho a beneficios por inversiones.
Ventas de inmuebles de la ley 8.733 cuya utilidad se imputa según lo cobrado.
Período de uso esperado de un bien que se usa para su amortización.
Área del territorio nacional con régimen especial de la ley 15.921.
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