Los conceptos de Derecho y Actividad Empresarial II, definidos en una línea. Ordenados de la A a la Z.
Ejercicio de un derecho contrario a la buena fe (art. 1321 del codigo civil); es la teoría en que se basa la inoponibilidad de la personalidad jurídica.
Parte del capital de la sociedad anónima o de la SAS, de igual valor e indivisible.
Acción del accionista perjudicado contra administradores y directores.
Acción para reparar los perjuicios causados a la sociedad.
Acciones cuya transmisión, según la clave oficial de examen, debe comunicarse al banco central del uruguay; no admitidas en la SAS.
Acciones sin existencia física que se registran en el libro de títulos escriturales.
Acciones que no tienen como contrapartida un aporte.
Acciones que identifican al titular; pueden ser endosables o no endosables, y las endosables se transfieren por endoso, anotación en el libro y entrega.
Acciones a las que, en la ley 16.060, puede suprimirse el derecho de voto; en la SAS la supresión puede alcanzar a cualquier clase.
Acciones comprendidas en un convenio de sindicación.
Acto definitivo o contrato de escisión (art. 140).
Forma de constituir una SAS con un único fundador.
Figura de cooperacion entre empresas, como el grupo de interés económico o el consorcio.
Acuerdo del deudor con sus acreedores celebrado antes de la declaración de concurso, aprobado por el 75% del pasivo quirografario con derecho a voto.
Grado más intenso de intervención, que desplaza a los administradores originales.
Parte que promueve, concreta o acerca contratos por cuenta ajena.
Documentos que respaldan la avaluación de los bienes aportados, como boletas o tasaciones.
Obligación principal del socio (art. 58) que forma el patrimonio, garantiza a acreedores y organiza los derechos.
Aporte dinerario; en la SRL se integra al menos el 50% al constituir y en la SAS al menos el 10%.
Aporte de bienes distintos del dinero, que en la SRL y en la SAS se integra totalmente al constituir.
Aporte a cuenta de futura capitalización; en la SAS, si en 24 meses no se resuelve su capitalización, se devuelve sin intereses salvo pacto.
Órgano de gobierno necesario, no permanente y supremo de la sociedad anónima.
Asamblea de titulares de una clase de acciones cuyos derechos pueden afectarse, artículo 349.
Asamblea de existencia eventual que puede realizarse en cualquier momento, artículo 343.
Asamblea anual dentro de 180 días del cierre del ejercicio que trata balance, utilidades y designaciones.
Asamblea con la totalidad del capital que no requiere publicaciones de convocatoria.
Denominación, domicilio, patrimonio y capacidad de la sociedad.
Órgano estatal (AIN) que aprueba la constitución de la SA y puede pedir la intervención judicial.
Aumento de la cifra del contrato, hasta el quíntuplo sin reforma si el contrato lo prevé (art. 284).
Capitalización de rubros patrimoniales sin ingreso de activos, con acciones liberadas.
Aumento del capital por nuevos aportes o capitalización de pasivos, que aumenta el patrimonio.
Rasgo del smart contract por el que se ejecuta al confirmarse el evento previsto.
Valuación de los aportes en especie, hecha por los socios o por perito designado judicialmente.
Balance previo a la fusión o escisión, con criterios uniformes si participan dos o más sociedades (art. 119); también se exige para la transformación (art. 106).
Organismo al que, según la clave oficial de examen, se comunica la transmisión de acciones al portador.
Derecho del socio de sociedades personales a que primero responda el patrimonio social (art. 76).
Bienes embargables, unicos aportes admitidos en la SRL y para el socio comanditario.
Libro mayor digital criptográfico, descentralizado y distribuido para registrar transacciones.
Estándar de diligencia exigido a los administradores.
Comercialización a través de terceros, donde se ubican los contratos de distribución.
Capital efectivamente aportado, base del 20% del art. 397 y del 25% de la disolución por pérdidas.
Cifra del contrato social que se integra con la suma de los aportes de los socios (art. 14).
Lo que los socios se comprometen a aportar en el futuro; al constituir la SA debe cubrir lo que reste del integrado hasta el 50% del capital social.
Pago de una deuda social con acciones, que reduce el pasivo y aumenta el patrimonio.
Conversión de reservas en capital con emisión de acciones liberadas.
Certificado que consigna capital contractual, integrado y composición del patrimonio de la escindida (si no se disuelve) y de las sociedades que se crean en la escisión.
Transmisión de cuotas de la SRL, libre entre socios y sujeta a consentimiento hacia terceros.
Transmisión de la parte social de la sociedad colectiva, que requiere consentimiento unánime de los socios.
Comunicación directa al accionista que sustituye la convocatoria en la sociedad anónima cerrada.
Interventor que administra junto a los administradores naturales, que no deciden sin su aprobación.
Norma procesal (CGP) que rige el procedimiento de la intervención judicial.
Principio del art. 4 de la ley 16.060: la sociedad es comercial si adopta un tipo social, sin importar su actividad.
Remuneración del agente que se genera al concretarse el contrato; también, modalidad de actuación en nombre propio pero por cuenta ajena.
Órgano de control interno integrado por 3 o más miembros.
Parte que encarga al agente y le paga comisión.
Pagos en dinero a socios en fusión o escisión, de hasta el 10% del valor nominal adjudicado (art. 124).
Contratos de compraventa independientes entre si y de ejecución instantánea.
Acuerdo previo otorgado por los representantes con las bases de la fusión (art. 125).
Fenomeno por el cual sociedades se vinculan por participación, control o acuerdos de colaboración.
Parte que con local propio vende productos sofisticados a minoristas y consumidores.
Proceso judicial regulado por la ley 18.387 para el deudor en estado de insolvencia.
Clase de concurso en la que, según la clave oficial de examen, se designa síndico.
Concurso solicitado por el propio deudor.
Situación en que el accionista debe abstenerse de votar según el artículo 325.
Integrante de un consorcio que responde personalmente por sus obligaciones.
Acuerdo temporario sin personalidad jurídica para realizar una obra, servicio o suministro (arts. 501 y ss.).
Garantía que debe otorgar quien pide la intervención para resarcir eventuales daños (CGP arts. 313 y 314).
Acuerdo de voluntades establecido por medio de herramientas electrónicas.
Nuevas modalidades de comercialización empresarial, como la distribución y la contratación electrónica.
Contrato con nombre pero sin regulación legal específica.
Contrato por el cual el agente promueve contratos para el comitente a cambio de comisión.
Distribución de productos sofisticados con posventa, a través de un concesionario con local.
Contrato atípico por el cual se coloca un bien o servicio en el mercado a través de un tercero.
Contrato por el cual el franquiciante cede uso de marca y know how al franquiciado.
Instrumento definitivo de la fusión celebrado vencidos los plazos (art. 133).
Contrato en que quien compra no revende sino que usa el producto para producir.
Contrato que contiene la promesa de celebrar distintos contratos futuros.
Contrato por el que se constituye la sociedad comercial según la ley 16.060.
Acuerdo de los socios cuyo contenido regula el art. 6 de la ley 16.060.
Control económico logrado por medios ajenos a los órganos sociales, por ejemplo un contrato de distribución.
Control ejercido a través de las decisiones de los órganos de la sociedad controlada.
Situación en que una sociedad impone su voluntad en las decisiones de otra (art. 49).
Acuerdo de pago aprobado por los acreedores con las mayorías legales en el concurso.
Negocio parasocietario entre accionistas sobre el ejercicio de sus derechos (art. 331); en la SAS es oponible a la sociedad desde su comunicación y depósito.
Llamado a asamblea con clase, fecha y hora, lugar y orden del día, publicado 3 días con 10 a 30 días de antelación.
Cónyuge sobreviviente con quien puede continuar la SRL ante la muerte de un socio.
Juzgar la realidad subyacente prescindiendo de la personería de la sociedad.
Modalidad en que el agente solo acerca a las partes.
Actos de la sociedad en formación que exceden la constitución; la responsabilidad cesa con su ratificación.
Parte del capital de la SRL, de igual valor, acumulable e indivisible y no representable en títulos negociables.
Representante del socio incapacitado con quien continúa la SRL.
Perdida patrimonial efectivamente sufrida.
Titulares de obligaciones negociables.
Obligación de no competir con la sociedad, que rige para el socio de sociedades personales (art. 209) y para el administrador, junto con límites a contratar con la sociedad (arts. 84 y 85).
Resolución del juez que abre el concurso y marca el momento 0 del proceso.
Decreto reglamentario de la ley 19.820 de SAS.
Nombre de la sociedad que debe constar en el contrato junto con el tipo social (art. 12).
Derecho a suscribir la parte del aumento que otros accionistas no integraron.
Derecho del socio a informarse y fiscalizar la gestión social (art. 96).
Derecho del accionista a mantener su porcentaje de participación, que nace ante un aumento real de capital.
Derecho del socio a retirarse ante una causal legal o contractual, cobrando el valor de su participación.
Facultad de un administrador conjunto de la sociedad colectiva prevista en el artículo 202.
Derecho intransferible e indivisible del accionista a votar en la asamblea, artículo 322.
Facultad del asesor del accionista de preguntar e intercambiar opiniones en la asamblea.
Propiedad sobre la participación, utilidades y remanente de liquidación o rescisión.
Voto, información y fiscalización, acciones de responsabilidad y receso.
Organismo recaudador cuyo crédito por tributos devengados en los tres años previos a la declaración de concurso, sin multas ni recargos, tiene privilegio general.
Órgano colegiado de administración de la sociedad anónima.
Estado que inicia la liquidación al verificarse una causal del art. 159 o contractual; no extingue la sociedad.
Causal del art. 159 numeral 6: patrimonio neto inferior al 25% del capital integrado.
Nombre del instituto de inoponibilidad en la jurisprudencia de estados unidos.
Modalidad en que el distribuidor compra al fabricante para revender a minoristas en una zona.
Fabricante o productor que vende al distribuidor.
Parte que compra al fabricante y revende en una zona, ganando por diferencia de precio.
Participación en las utilidades; percibirlo es el principal derecho patrimonial del socio.
Pago de dividendos mediante entrega de acciones en lugar de dinero.
20% de las utilidades netas de cada ejercicio según el artículo 320.
Ciudad y departamento donde la sociedad desarrolla su actividad comercial (art. 13).
Lugar donde debe celebrarse la asamblea de accionistas.
Período contable de la sociedad que, según la clave oficial de examen, debe durar necesariamente un año.
Persona física titular de una explotación que puede convertirse en SAS aportando todo o parte del giro.
Principio que da a mensajes de datos y firma electrónica el mismo valor que a documentos escritos y firma autógrafa.
División patrimonial de una sociedad que transmite cuotas partes de su patrimonio a sociedades que se crean (art. 116).
La escindida se disuelve sin liquidarse y se crean dos o más sociedades.
La sociedad matriz subsiste y transmite parte de su patrimonio a una o más sociedades que se crean.
Estados contables de los arts. 119, 136 y 140 exigidos en la escisión.
Conjunto de obligaciones y derechos del socio.
Conjunto de derechos y obligaciones del accionista de los artículos 319 y siguientes de la ley 16.060.
Instrumento constitutivo de la sociedad anónima o de la SAS.
Separacion del socio por justa causa, como la mora en el aporte; es causal de rescisión parcial (art. 147).
En la SAS, resolución del 75% del capital integrado que excluye accionistas de hasta un 15%, salvo pacto.
Cláusula que reserva a una o ambas partes la actuación en una zona o producto.
Pedido de accionistas con el 10% del capital integrado ante la omisión de información, artículo 339.
Resumen del contrato de la SRL que se publica en el diario oficial y otro diario dentro de 60 días de la inscripción.
Firma por medios electrónicos con valor equivalente a la autógrafa (ley 18.600).
Parte que explota el negocio según pautas y paga regalías o canon.
Parte que cede marca, licencia y know how.
Uno de los tres supuestos de inoponibilidad de la personalidad jurídica.
Función del capital que limita lo distribuible frente a los acreedores.
Función del capital como divisor de la participación de cada accionista.
Exigencia de un capital adecuado al objeto social.
Quienes otorgan el estatuto; en la sociedad anónima deben ser dos al constituirla.
Unión de sociedades que se disuelven sin liquidarse y transmiten su patrimonio a una nueva o existente (art. 115).
Dos o más sociedades se disuelven y transmiten sus patrimonios a una sociedad nueva.
Una o más sociedades se disuelven y transmiten su patrimonio a otra ya existente.
Límite de la responsabilidad del socio industrial.
Persona jurídica de colaboración entre dos o más personas físicas o jurídicas sin necesidad de aportes (arts. 489 y ss.).
Herencia sin herederos aceptantes, que deja sin efecto el pacto de continuación.
Identidad de denominación con una sociedad preexistente, prohibida en la SAS.
Acción contra resoluciones contrarias a la ley, al estatuto o al interés social, artículos 365 y 367.
Trámite del proceso concursal que el esquema ubica en la etapa de los 180 días.
Informe mínimo de contador público que acompana los estados financieros especiales.
Informe de los artículos 123 y 124 de la ley 18.387.
Prescindencia judicial de la personería social ante su uso indebido (art. 189 y siguientes).
Registro del contrato social dentro de los 30 días desde su celebración o la aprobación de la AIN.
Estado del deudor que no puede cumplir con sus obligaciones.
Instructivo de la AIN sobre escisión de sociedades anónimas.
Designación judicial de un interventor que participa en la administración de la sociedad (arts. 184 a 188).
Auxiliar designado por el juez para participar en la administración social (intervención judicial); en el concurso, el juez designa síndico o interventor según el caso.
Ejecutor de medidas concretas, como convocar asamblea o regularizar la contabilidad.
Carácter personal de un vínculo: el cargo de administrador no puede delegarse (art. 81) y en los contratos de distribución se suele prohibir la cesión.
Impuesto a las rentas de las actividades economicas, por el que responden solidariamente los socios de la SRL.
Pasos para la regular constitución: contrato, aprobación de la AIN en la SA, inscripción y publicación.
Reunión de acreedores convocada por el juez para considerar el convenio.
Motivo legitimo que habilita la terminación de un contrato.
Motivo que el juez valora para impedir la cesión de cuotas, por ejemplo la variación del régimen legal de mayorías.
Métodos de producción y venta transmitidos en la franquicia.
Ley cuyo artículo 12 hace responder personal y solidariamente a los socios de la SRL por salarios debidos.
Ley de sociedades comerciales del uruguay.
Ley que exige comunicar al registro la designación de administradores por acto posterior al contrato.
Ley que hace responder a los socios de la SRL por seguros de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Ley que obliga a la SAS a conservar registros relativos a sus accionistas.
Ley que regula la sociedad por acciones simplificada (SAS).
Normativa que rige los aportes en la SAS.
Norma modelo que reconoce validez jurídica a los mensajes de datos.
Principio de autonomía de la voluntad que rige el estatuto de la SAS, con limitaciones.
Libro en que la sociedad registra a los accionistas que depositan sus acciones para asistir.
Restriccion de la facultad del deudor para disponer y obligar a la masa del concurso.
Ninguna sociedad salvo las de inversión puede participar en otras por encima de su patrimonio social (art. 47).
Estado y proceso para cumplir operaciones pendientes, realizar activos, cancelar pasivos y distribuir el remanente (art. 169).
Salida del proceso concursal alternativa al convenio.
Encargados de la liquidación, responsables solidarios si omiten la expresión en liquidación.
Ganancia que se dejó de percibir por el hecho danoso.
Actuación con representación del principal, firmando por el.
Conjunto de bienes del deudor concursado.
Conjunto de créditos de los acreedores del concurso.
Mayoría calculada según la participación de los socios en el capital.
Modalidad de intervención que no requiere juicio posterior (art. 184 inc. 2).
Modalidad de intervención accesoria a un juicio principal (art. 184 inc. 1).
Información tratada electrónicamente que contiene declaraciones de voluntad.
Grado más leve de intervención: inspecciona, controla e informa al juez.
Incumplimiento del aporte, que se produce sin interpelación y puede causar la exclusión del socio.
Acuerdo entre socios celebrado al margen del estatuto.
Principio por el cual el derecho no ata la contratación a una tecnología determinada.
Principio por el cual cambia la forma de contratar pero no la esencia del contrato.
Ordenadores de la red blockchain que confirman los eventos y transacciones.
Acto ajeno al objeto social que no obliga a la sociedad (art. 79).
Invalidez de todo el contrato social, por ejemplo por objeto prohibido (art. 26).
Invalidez de una cláusula del contrato social (art. 25).
Nulidad que solo anula el contrato cuando la participación del socio es indispensable (art. 24).
Objeto ilicito cuya inclusión en el contrato social produce la nulidad de la sociedad.
Actividad que la sociedad se propone realizar; su cumplimiento es competencia de la administración.
Objeto de la SAS cuyo estatuto no lo indica: cualquier actividad lícita.
Transmisión de cuotas partes a sociedades existentes o participación en la creación de una nueva (art. 117).
Actos habituales de la actividad del deudor.
Facultad de los acreedores de oponerse a la fusión, la escisión o la reducción real de capital (no a la reducción por pérdidas).
Lista de temas de la asamblea, fuera de la cual no se puede resolver salvo excepciones del artículo 358.
Régimen de actuación conjunta de varios representantes; su violación no obliga salvo excepciones.
Órgano necesario y permanente cuya competencia es cumplir el objeto social.
Órgano permanente que tutela los intereses de los socios; como regla es voluntario o eventual (no necesario), salvo en la sociedad anónima abierta donde es obligatorio; se integra con 1 o 2 síndicos o con una comisión fiscal de 3 o más miembros.
Acuerdo para continuar la sociedad con sucesores o cónyuge del socio fallecido o el representante del incapaz (art. 146).
Porcentaje del capital de la sociedad colectiva que corresponde a cada socio según lo que aportó.
Títulos que otorgan participación en ganancias sin ser acciones.
Deuda sin privilegio ni garantía especial, base del computo de mayorías.
Diferencia entre activo y pasivo de la sociedad.
Tasador nombrado por el juez cuyo avalúo evita la responsabilidad solidaria del artículo 229; preceptivo con socios menores.
Condicion de sujeto de derecho que la sociedad adquiere desde la celebración del contrato social, aun verbal (art. 2).
Duración de la sociedad que surge del contrato social (art. 15).
Requisito de dos o más socios para constituir una sociedad comercial, con excepción de la SAS.
Servicios posteriores a la venta como garantías y repuestos.
Aviso anticipado que exige la buena fe para rescindir un contrato sin plazo.
Representante de la sociedad anónima cuando la administra un directorio (si no, representa el administrador).
Obligación adicional del socio prevista en el artículo 73 que limita la libre cesión de cuotas.
Sobreprecio por encima del valor nominal que paga quien aporta (art. 297).
Preferencia de cobro que tienen ciertos créditos en el concurso.
Impedimento del socio de sociedades personales de competir con la sociedad sin consentimiento unánime y expreso (art. 209).
Proyecto de ley que define el contrato electrónico por la transmisión electrónica de oferta y aceptación.
Aviso en el diario oficial y otro diario dentro de los 60 días desde la inscripción, según el tipo social (art. 17).
Tope del aumento de capital sin reforma previsto en el art. 284.
Asistencia mínima para que la asamblea sesione validamente.
Aprobación por la sociedad de actos de cumplimiento anticipado del objeto, que hace cesar la responsabilidad solidaria.
Decisión de los socios de continuar la sociedad disuelta (art. 166).
Disminucion del capital contractual o integrado.
Absorción de pérdidas con capital sin retirar activos.
Reducción exigida cuando las pérdidas insumen las reservas y el 50% del capital integrado (art. 293).
Disminucion del capital con pago a los accionistas, que reduce el patrimonio.
Pago del franquiciado por el uso de la marca y el sistema.
Seccion del registro de personas jurídicas donde se inscriben las sociedades.
Decisión de la mayoría que evita la disolución de la sociedad irregular o de hecho, sin liberar responsabilidades (art. 42).
Acto complejo de reducción nominal y aumento real para recomponer el capital perdido (art. 160).
Saldo que queda tras cancelar el pasivo social y se distribuye a prorrata entre los socios o accionistas; el derecho al remanente surge en la liquidación y en la rescisión parcial.
Faz externa de la actuación de la sociedad frente a terceros (art. 79).
Órgano mínimo de la SAS que gestiona los negocios si no se asigna a otro órgano.
Retiro de acciones pagando su valor al accionista.
Extinción del vínculo de un socio sin disolver la sociedad (art. 144).
Reserva formada con al menos el 5% de las utilidades netas hasta el 20% del capital social.
Reservas creadas por socios con mayoría del capital por razones de prudente administración.
Responsabilidad del socio que puede reclamarse sin agotar antes el patrimonio social.
Regla de la SRL por la que el socio solo responde por la integración de su aporte, salvo excepciones legales.
Responsabilidad del socio que opera después de agotado el patrimonio social.
Responsabilidad del socio colectivo o comanditado: responde después del patrimonio social, por el total y con todos sus bienes.
Órgano de gobierno, necesario y esporádico.
Ubicación de la sociedad que debe distinguirse del domicilio y comunicarse al registro nacional de comercio.
Integrante del órgano de control interno de la sociedad cuando este tiene 1 o 2 miembros; no confundir con el síndico concursal.
Órgano del concurso que conserva y administra los bienes de la masa activa como un ordenado administrador (clave de julio 2026) o prudente administrador (clave de agosto 2026) y un representante leal.
Contrato electrónico autoejecutable almacenado en blockchain.
Sociedad de capital cuyo capital se divide en acciones y cuyos accionistas no responden por las obligaciones sociales.
Sociedad anónima con fiscalización interna obligatoria que puede pasar a cerrada luego de mantenerse abierta el lapso mínimo legal.
Sociedad anónima que puede sustituir la convocatoria por citación personal fehaciente.
Sociedad que no adopta ninguno de los tipos previstos en la ley; sus socios responden en forma solidaria, ilimitada y directa.
Sociedad personal regulada en los artículos 199 a 211 de la ley 16.060 cuyos socios responden en forma subsidiaria, solidaria e ilimitada.
Dos o más personas que se obligan a realizar aportes para ejercer una actividad comercial organizada, participando en ganancias y pérdidas (art. 1 ley 16.060).
Sociedad que recibe la voluntad impuesta por la controlante.
Sociedad que impone su voluntad a otra.
Sociedad personal de los artículos 218 a 222 de la ley 16.060 con socios capitalistas e industriales.
Sociedad sin contrato escrito, que igualmente tiene personalidad jurídica.
Sociedad cuyo objeto principal es realizar inversiones, exceptuada del límite del art. 47.
Tipo social de los artículos 223 a 243 de la ley 16.060, de 2 a 50 socios que responden por la integración de sus aportes.
Sociedad personal de los artículos 212 a 217 de la ley 16.060 con socios comanditados y comanditarios.
Sociedad instrumentada por escrito que esta en plazo para cumplir su iter constitutivo.
Sociedad que transmite parte o todo su patrimonio en la escisión.
Sociedad constituida en el extranjero, regida por el capítulo especial de la ley 16.060.
Sociedad existente que absorbe a otras en la fusión.
Sociedad que no cumplió las formalidades exigidas en los plazos legales.
Sociedad en cuyo capital participa otra sociedad.
Sociedad que adquiere la calidad de socia o accionista de otra.
Tipo social de la ley 19.820 con acciones nominativas o escriturales y accionistas que no responden por deudas sociales.
SA, SAS y comandita por acciones, en las que responde únicamente el patrimonio social.
Sociedades de interés: colectiva, capital e industria, comandita simple y SRL.
Sociedades en que una participa en más del 10% del capital de otra (art. 48).
Socio de la sociedad de capital e industria que responde en forma subsidiaria, solidaria e ilimitada y puede administrar.
Socio de la comandita simple con responsabilidad subsidiaria, solidaria e ilimitada.
Socio de la comandita simple que responde hasta lo integrado y no puede administrar.
Socio que aporta solo trabajo en la sociedad de capital e industria y responde hasta las ganancias no percibidas.
Socio cuyo vínculo se rescinde y cuya participación debe liquidarse (art. 154).
Nadie puede contradecir la confianza generada con su conducta previa.
Explicacion de como se forma la voluntad social mediante órganos con competencias propias.
Análisis en dos pasos: existencia de justa causa y, si falta, buena fe con preaviso razonable.
Principio del art. 3 de la ley 16.060 que exige adoptar uno de los tipos sociales previstos en la ley.
Forma societaria prevista en la ley 16.060 que adopta una sociedad.
Calidad de la liquidación hecha por la sociedad para cobrar el reembolso impago.
Transmisión en bloque de bienes, derechos y obligaciones.
Adopcion de otro tipo social por una sociedad regularmente constituida, sin disolverse (art. 104).
Acuerdo de todos los socios o accionistas.
Ganancias sociales a las que el socio tiene derecho (arts. 98 y 99).
Valor intangible del negocio, considerado en el régimen del IRAE para reestructuras.
Valor que figura en la acción.
Autorización que necesitan menores e incapaces para integrar una SRL o una SA.
Derecho de una acción a emitir más de un voto, admitido en la SAS.
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